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lunes, 15 de febrero de 2016

Alternativa de conflictos para Comerciantes y Consumidores de la Unión Europea.-


Con el inicio de este nuevo año 2016 tenemos varios cambios en el marco Europeo, entre ellos, y como parte del objetivo común por un mercado único dentro de la Unión Europea, y en cumplimiento del Reglamento sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo, es la nueva alternativa de resolución de conflictos a través de una plataforma online, por lo que la Comisión Europea ha creado la primera plataforma europea de litigios en línea. 

El Digital Single Market nos lleva a reconsiderar las vías que hasta el momento se han venido utilizando en la resolución de conflictos. La posibilidad de recurrir a procedimientos de resolución de litigios sencillos y asequibles puede impulsar la confianza del consumidor y comerciantes en el mercado  único digital.  

Aunque los principales beneficiarios de la plataforma de resolución de litigios en línea sean concretamente los consumidores y los comerciantes que efectúen operaciones transfronterizas en línea, el Reglamento, debe aplicarse también a las transacciones nacionales en línea, con el fin de garantizar unas condiciones equitativas efectivas en materia de comercio electrónico. 

Podéis acceder a la Plataforma En principio, estará operativa hoy, 15 de febrero. También podrás rellenar el formulario y demás gestiones en la Plataforma en cualquiera de las lenguas oficiales de las instituciones de la Unión.  

La Comisión es la responsable del desarrollo, mantenimiento, y buen funcionamiento de la Plataforma, debiendo proporcionar todos los medios técnicos necesarios para su buen funcionamiento. 

Igualmente, la misma y los entes involucrados deben de cumplir con la normativa sobre Protección de Datos de Carácter Personal, la confidencialidad y seguridad de dicha información según establezcan la normativa.

Si eres Consumidor en la plataforma encontrarás una declaración de confidencialidad Protección de Datos .

Más medios digitales para resolver situaciones legales y con ello más desafíos para los profesionales del Derecho en las Nuevas Tecnologías o digitales, desafíos como la seguridad, tratamiento de datos personales, etc.

Amigos del mundo digital, a trabajar... ahora todas las tiendas online, todo el eCommerce dentro de la Unión Europea tiene otra nueva tarea a realizar!!!

Hasta otra!!!



viernes, 26 de septiembre de 2014

Novedades: "Internet of Things"


De vuelta a la actividad!!! Ya finalizaron las vacaciones para casi, sino, todos los mortales, así que de mi parte, ya con pilas renovadas para compartir con todos ustedes las aportaciones, curiosidades, novedades dentro del ámbito que nos ocupa. 

Como recordarán, en el último post estuvimos tratando el tema del "Internet of Things" o  IoT, sus pros y contras, dudas, etc. Pues miren, en fecha 16 de septiembre del año en curso, el Grupo de Trabajo del Artículo 29 preparó un documento muy interesante que  nos viene como anillo al dedo para darle continuidad a nuestro tema, y bien, este es el  documento. Esta en inglés.

No tiene desperdicio, casi todas las interrogantes que planteábamos en el post anterior las tratan y más. Es un ámbito muy interesante, tanto para los fabricantes del dispositivo, desarrolladores de las aplicaciones, como para los comercializadores de los mismos y por supuesto, para los usuarios finales.

Por otro lado, plantea un tema muy delicado y tratado en varias ocasiones por el Grupo, pero de inmensa relevancia, y es sobre la ley aplicable. Debemos recordar que en la UE se cuenta con una legislación bastante estricta y protectora de los derechos de los titulares de los Datos de Carácter Personal. Miren que situación se plantea según unos de los párrafos que contiene el documento adjunto, el cual pone en jaque a muchos de los intervinientes en todo el proceso de creación y existencia del ecosistema del IoT en sí. 

Escogí este párrafo donde se especifica la aplicabilidad de la legislación de la UE. Según la traducción que hice tenemos: "La legislación nacional de un Estado miembro también es aplicable en los casos en donde el Responsable de Ficheros no esté establecido en el territorio comunitario, pero hace uso del "equipo", situado en el territorio de dicho Estado miembro (artículo 1.4 (c)). Por lo tanto, aun cuando una de las partes que intervienen en el IoT calificara como Responsable de Ficheros de datos, según la Directiva 95/46 /CE, y no está establecido en la Unión Europea en el sentido del artículo 1.4 (a) (si participa en el desarrollo, la distribución o el funcionamiento de los dispositivos IoT), seguirá estando sujetos a la legislación de la UE en la medida en que procesa los datos recogidos a través del "equipo" de los usuarios ubicados en la UE."

En tal sentido, convendría que todos los involucrados en el ecosistema del IoT se propongan y cumplan con el "privacy by design" así resultaría más seguro y eficiente para los responsables del tratamiento de datos, y a su vez implica más seguridad para los usuarios finales que se sentirán igualmente respaldados de que sus datos están siendo debidamente tratados. Una relación win to win.

Hasta otra!!!


lunes, 30 de junio de 2014

Internet Of Things IoT: Solución para todos?


Leí hace poco un artículo muy interesante: "Connecting with your Appliances" de Mike Beyerle, una frase en especial me llamó mucho la atención: "We give you access to everything in one place, and we let all of your connected things work together to help you solve real problems" 

Todo lo anterior se refiere al Internet Of  Thing o en sus siglas IoT.  Esto significa, en resumen, la posibilidad de que todos los dispositivos, más allá de smartphone, el Pc, la tablet, como sería el microondas, nevera, el horno, vehículo, la TV, sensor systems, etc, se conecten entre sí, son connected devices, para, según los adeptos del tema, ayudar, solucionar, facilitar las tareas y nuestro día a día.

Esto quiere decir, que desde tu trabajo a través de tu smartphone, por ejemplo, puedes gestionar y programar todo lo que necesites que esté listo al regresar a casa. Es algo así como  que sales del trabajo y vas camino a casa, tienes hambre y le indicas al microondas que en tantos minutos te caliente una lasaña, que la TV  esté "On" en 30 minutos en el canal de deportes, y cuando llegas a casa, chan chan!!!! Todo listo.

Businessman. Fotolia license
Por otro lado, y citando uno de los muchos sectores donde tiene una utilidad más beneficiosa para la economía y productividad, como es la agricultura, podemos decir que a través de un sensor se puede monitorizar si la plantación x necesita más o menos riego, por ejemplo. Todo lo anterior no es ficción...es una realidad.

¿Pueden contar con esa herramienta todos los agricultores? Son muchas las dudas que me surgen en este ecosistema hiper conectado, relacionadas tanto con la seguridadprivacy by design, así como con el cumplimiento del principio de universalidad, neutralidad tecnológica, igualdad no discriminación, etc.

Dicho ecosistema por su propia esencia debe procurar el cumplimiento de los aspectos antes mencionados. Podríamos quedar expuestos, si no cumple, a situaciones donde nuestros datos, por ejemplo, desvelaran información que no era de nuestro interés que fuera de conocimiento de terceros, por razones varias: nuestra intimidad, seguridad personal y familiar, etc. lo que se supone sería para beneficio, ahorro de tiempo, seguridad, control, se puede convertir en todo lo contrario. Además, no estoy tan segura de que el acceso a dicha tecnología sea factible para todos o una gran mayoría,  por razones obvias, tales como: económicasconocimientotécnicas. Dónde queda el principio de no discriminación e igualdad?

Los creadores de esta tecnología deben enfocarse, centrarse, no sólo en la solución o en lo que ellos consideran que aportan a una situación, sino también en adquirir fidelidad, confianza por parte de los futuros consumidores. Todo ello se puede adquirir desde el inicio, desde el diseño, con coherencia, cumpliendo con los requisitos de seguridadprivacidad y protección al consumidor de manera sencilla, simple y auténtica.

Cumplir con las leyes relacionadas con la protección de datos, seguridad, la defensa de los consumidores y usuarios, propiedad intelectual, etc. no tiene que ser un proceso tediosoni sus textos confusos e interminables.

Hasta otra!!!