martes, 7 de marzo de 2017

Apps Vs Seguridad: Privacy by Design

En los últimos tiempos hemos tenido un boom de Apps para todos los gustos y sectores, desde ocio, deporte, educación hasta salud. Los cracks del mundillo tech nos mantienen en constante atención e innovación, y por supuesto, contribuyen muchas de ellas a la mejora de nuestro día a día. 

Sin embargo, no siempre se tiene en cuenta muchos otros aspectos que se deben considerar. Entre dichos aspectos tenemos por ejemplo, el derecho a la privacidad, Igualdad, derechos del consumidor/usuario, privacy by design. 

Pixabay/Geralt
Para muchos de estos cracks hablarles de la protección de datos, privacidad, privacy by design, les parece, simplemente  "chino" o no le dan la importancia esencial que tiene para su innovación.

Actualmente y con la crisis, todos hemos tenido que dar rienda suelta a nuestra creatividad, y emprender en nuevos sectores a través de las Start-ups. Es conveniente tener en cuenta aspectos esenciales para un correcto lanzamiento y mantenimiento en el mercado de este tipo de productos. En esta ocasión les daré tres (3) consejos muy sencillos:
  • Estructuren la plataforma de manera tal de que la información solicitada sea realmente necesaria para el buen funcionamiento de la App. Y  no excesiva.
  • Redacten y presenten las normas y políticas de privacidad y derechos del usuario de forma sencilla y de fácil acceso
  • Los usuarios deben de sentirse confiados de que sus datos serán tratados acorde a sus necesidades. La seguridad y confianza que sientan los usuarios formará parte esencial del éxito
Hasta la próxima!!!

viernes, 3 de marzo de 2017

Panrico pierde la batalla contra HDN

El TJUE desestima recurso de Panrico para anular la marca "Doughnuts" de HDN

La empresa española Panrico desde el año 2007 se encuentra inmersa en una batalla contra el registro de la marca comunitaria “Krispy Kreme Dougnuts” propiedad de  HDN. Panrico siempre ha considerado que perjudica sus marcas “Donuts, Donuts Cream…

Pixabay
La Corte europea consideró ayer que las marcas en conflictos son visualmente diferentes, y que  su grado de similitud desde el punto de vista fonético es muy bajo. La empresa HDN logró registrar su marca en 2007 ante la actual EUIPO rechazando desde entonces todos los recursos que presentó la empresa española. 

Hasta otra!!!